{"id":635006,"date":"2018-01-26T00:00:00","date_gmt":"2018-01-25T23:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.ie.edu\/insights\/latest-news\/articles\/hacia-una-evolucion-la-regulacion-los-aspectos-internacionales-las-opv\/"},"modified":"2019-01-30T10:56:43","modified_gmt":"2019-01-30T09:56:43","slug":"hacia-una-evolucion-la-regulacion-los-aspectos-internacionales-las-opv","status":"publish","type":"articles","link":"https:\/\/www.ie.edu\/insights\/es\/articulos\/hacia-una-evolucion-la-regulacion-los-aspectos-internacionales-las-opv\/","title":{"rendered":"Hacia una evoluci\u00f3n en la regulaci\u00f3n de los aspectos internacionales de las OPV"},"featured_media":636355,"template":"","meta":{"_has_post_settings":[]},"schools":[54,55],"areas":[39,38],"subjects":[],"class_list":["post-635006","articles","type-articles","status-publish","has-post-thumbnail","hentry","schools-law-es","schools-university-es","areas-asuntos-globales-y-derecho","areas-control-y-finanzas"],"custom-fields":{"wpcf-article-leadin":["La regulaci\u00f3n de las ofertas p\u00fablicas de venta de valores (OPV) ha experimentado una evoluci\u00f3n en los \u00faltimos a\u00f1os. No obstante, a\u00fan no se ha establecido una norma espec\u00edfica para determinar la ley aplicable a la responsabilidad civil derivada del folleto en este tipo de operaciones, lo que genera problemas de inseguridad jur\u00eddica."],"wpcf-article-body":["En un mercado <a href=\"http:\/\/www.ie.edu\/es\/relaciones-corporativas\/insights\/search\/asuntos-globales-y-derecho\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">globalizado<\/a>, en el que las grandes corporaciones cada vez tienen mayor tama\u00f1o y buscan <a href=\"http:\/\/www.ie.edu\/es\/relaciones-corporativas\/insights\/search\/control-y-finanzas\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">financiaci\u00f3n<\/a> en otros pa\u00edses, la regulaci\u00f3n de determinadas operaciones burs\u00e1tiles, como las ofertas p\u00fablicas de venta de valores (OPV), tiene que evolucionar, al igual que lo hacen el propio mercado y la <a href=\"http:\/\/www.ie.edu\/es\/relaciones-corporativas\/insights\/search\/tecnologia\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">tecnolog\u00eda<\/a>. As\u00ed ha sucedido en los \u00faltimos a\u00f1os dentro del Espacio Econ\u00f3mico Europeo (EEE), al menos en algunos aspectos.\r\n\r\n&nbsp;\r\n\r\n<strong>El documento fundamental de una OPV: el folleto<\/strong>\r\n\r\nEn las OPV existe un documento fundamental que establece, en primer lugar, las caracter\u00edsticas de los valores que se ofertan y las reglas de la oferta propiamente dicha, incluidos los plazos y los participantes. En segundo lugar, y a\u00fan m\u00e1s importante que lo anterior, se incluye informaci\u00f3n econ\u00f3mica y <a href=\"http:\/\/www.ie.edu\/es\/relaciones-corporativas\/insights\/search\/control-y-finanzas\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">financiera<\/a> de la empresa que trata de captar la financiaci\u00f3n. Este documento es el denominado <em>folleto informativo,<\/em> que debe ser aprobado por el organismo regulador, en el caso de Espa\u00f1a la Comisi\u00f3n Nacional del Mercado de Valores (CNMV), para su posterior publicaci\u00f3n.\r\n\r\nEl folleto solo ser\u00e1 requisito necesario cuando se trate de una oferta que sea p\u00fablica, es decir, cuando est\u00e9 dirigida a un n\u00famero m\u00ednimo de inversores minoristas y, por tanto, necesitados de protecci\u00f3n. Estos inversores quedan protegidos a trav\u00e9s de la informaci\u00f3n sobre la entidad emisora de dichos valores que les permite tomar una decisi\u00f3n informada sobre su participaci\u00f3n. Por los mismos motivos, tambi\u00e9n se requerir\u00e1 un folleto informativo cuando los valores se vayan a admitir a negociaci\u00f3n en un mercado regulado, como, por ejemplo, las bolsas espa\u00f1olas.\r\n<blockquote>De acuerdo con las normas europeas, la ley aplicable es la del pa\u00eds en el que se produce el da\u00f1o. Esta regla genera dos grandes preguntas: cu\u00e1l es el da\u00f1o y d\u00f3nde se localiza.<\/blockquote>\r\n<strong>El folleto en las OPV trasnacionales<\/strong>\r\n\r\nLa situaci\u00f3n se complica cuando la operaci\u00f3n no afecta solamente al mercado nacional, sino que se extiende m\u00e1s all\u00e1 e implica a varios Estados.\r\n\r\nLa regulaci\u00f3n establecida en el EEE simplifica los requisitos: frente a la necesidad de preparar un folleto por mercado a los que se dirige la OPV y someter dicho documento a la aprobaci\u00f3n de cada uno de los respectivos reguladores nacionales, se ha establecido un sistema de reconocimiento mutuo. Esto es posible en la medida en que las normas regulatorias son pr\u00e1cticamente id\u00e9nticas en todos los Estados miembros.\r\n\r\n&nbsp;\r\n\r\n<strong>La responsabilidad civil por informaciones enga\u00f1osas en el folleto<\/strong>\r\n\r\nEn ocasiones puede suceder que la informaci\u00f3n sobre la situaci\u00f3n <a href=\"http:\/\/www.ie.edu\/es\/relaciones-corporativas\/insights\/search\/control-y-finanzas\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">financiera<\/a> de la empresa que se ha incluido en el folleto resulte ser enga\u00f1osa. Cuando esto se sabe, los precios de los valores en el mercado se desploman y, como consecuencia de ello, los inversores ven depreciada su inversi\u00f3n, por lo que pueden reclamar una compensaci\u00f3n ante los tribunales. Cuando se trate de una OPV estrictamente dom\u00e9stica, en la que habr\u00e1 un \u00fanico folleto aprobado por un \u00fanico regulador, la cuesti\u00f3n no ser\u00e1 en principio problem\u00e1tica: los inversores presentar\u00e1n sus demandas en ese pa\u00eds de conformidad con sus normas de responsabilidad civil.\r\n\r\nLa situaci\u00f3n con las OPV transfronterizas es diferente. En particular, cuando una OPV se dirige a los mercados de varios Estados, se plantea la duda de qu\u00e9 r\u00e9gimen nacional de responsabilidad civil es aplicable para que los inversores puedan obtener una compensaci\u00f3n. La normativa a este respecto no ha evolucionado paralelamente a la homogeneizaci\u00f3n de las normas regulatorias.\r\n\r\nDe acuerdo con las normas europeas, la <a href=\"http:\/\/www.ie.edu\/es\/relaciones-corporativas\/insights\/search\/asuntos-globales-y-derecho\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">ley<\/a> aplicable es la del pa\u00eds en el que se produce el da\u00f1o. Esta regla genera dos grandes preguntas: cu\u00e1l es el da\u00f1o y d\u00f3nde se localiza.\r\n<blockquote>En un entorno globalizado, en el que las OPV multinacionales dentro del EEE son habituales, ha sido muy relevante la unificaci\u00f3n de las normas regulatorias, que ha permitido el reconocimiento mutuo de las autorizaciones para lanzar una oferta a trav\u00e9s del denominado \u2018pasaporte del folleto\u2019.<\/blockquote>\r\n<strong>El mercado como bien jur\u00eddicamente protegido<\/strong>\r\n\r\nSe puede entender que el da\u00f1o relevante es o bien el da\u00f1o <a href=\"http:\/\/www.ie.edu\/es\/relaciones-corporativas\/insights\/search\/control-y-finanzas\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">financiero<\/a> individual que sufren los inversores o bien el da\u00f1o supraindividual que sufre el propio mercado con la difusi\u00f3n de la informaci\u00f3n enga\u00f1osa.\r\n\r\nDe acuerdo con esta segunda lectura, el da\u00f1o directo, que es el \u00fanico relevante, es aquel que sufre el mecanismo de formaci\u00f3n de precios del mercado por la difusi\u00f3n de informaci\u00f3n falsa. En definitiva, el da\u00f1o es el que se produce en el mercado y el mercado relevante es el mercado nacional en el que se han difundido las informaciones enga\u00f1osas. En consecuencia, la <a href=\"http:\/\/www.ie.edu\/es\/relaciones-corporativas\/insights\/search\/asuntos-globales-y-derecho\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">ley<\/a> aplicable a la responsabilidad civil es la ley nacional del mercado afectado.\r\n\r\nAs\u00ed, en ofertas multinacionales, es decir, aquellas dirigidas a una pluralidad de mercados, hay una pluralidad de <a href=\"http:\/\/www.ie.edu\/es\/relaciones-corporativas\/insights\/search\/asuntos-globales-y-derecho\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">leyes<\/a> aplicables, una por cada mercado afectado. Este resultado es previsible tanto para el emisor como para los inversores que han sufrido el da\u00f1o.\r\n<p style=\"text-align: center;\"><img class=\"aligncenter wp-image-602195\" src=\"https:\/\/www.ie.edu\/insights\/wp-content\/uploads\/2018\/01\/Regulacion-aspectos-internacionales-OPV-esp-Recuadro.jpg\" alt=\"Regulacion aspectos internacionales OPV esp - Recuadro\" width=\"700\" height=\"446\" \/><\/p>\r\n<strong>Propuesta de regulaci\u00f3n<\/strong>\r\n\r\nNo obstante, la soluci\u00f3n anterior, a pesar de ser razonable, no es en absoluto pac\u00edfica en la doctrina. Muchos autores han entendido que el da\u00f1o relevante es el da\u00f1o <a href=\"http:\/\/www.ie.edu\/es\/relaciones-corporativas\/insights\/search\/control-y-finanzas\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">financiero<\/a> individual. Es m\u00e1s, el Tribunal de Justicia de la Uni\u00f3n Europea ha dictado una sentencia en el asunto Kolassa cuyas conclusiones se pueden extrapolar a la cuesti\u00f3n de la <a href=\"http:\/\/www.ie.edu\/es\/relaciones-corporativas\/insights\/search\/asuntos-globales-y-derecho\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">ley<\/a> aplicable. Y Kolassa, aun de forma confusa, se refiere al da\u00f1o individual. El resultado al que conduce es francamente insatisfactorio: el da\u00f1o financiero se produce en el domicilio del inversor si en este mismo Estado el banco en el que tiene la cuenta tiene un establecimiento. Potencialmente, la ley aplicable es la de cualquier pa\u00eds del mundo y, por tanto, no es previsible por el emisor.\r\n\r\nEn un entorno <a href=\"http:\/\/www.ie.edu\/es\/relaciones-corporativas\/insights\/search\/asuntos-globales-y-derecho\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">globalizado<\/a>, en el que las OPV multinacionales dentro del EEE son habituales, ha sido muy relevante la unificaci\u00f3n de las normas regulatorias, que ha permitido el reconocimiento mutuo de las autorizaciones para lanzar una oferta a trav\u00e9s del denominado <em>pasaporte del folleto.<\/em> No obstante, junto con lo anterior, tambi\u00e9n se hace necesario clarificar cu\u00e1l es la <a href=\"http:\/\/www.ie.edu\/es\/relaciones-corporativas\/insights\/search\/asuntos-globales-y-derecho\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">ley<\/a> nacional aplicable a la responsabilidad civil derivada del folleto para los casos en los que los inversores sufren un da\u00f1o como consecuencia de un folleto enga\u00f1oso, con el fin de evitar la actual situaci\u00f3n de inseguridad jur\u00eddica.\r\n\r\n&nbsp;\r\n\r\n\u00a9 IE Insights.\r\n\r\n&nbsp;"],"wpcf-article-extract-enable":["1"],"wpcf-article-extract":["Por <strong>Sara S\u00e1nchez Fern\u00e1ndez<\/strong>. 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Esta situaci\u00f3n ha provocado un problema de inseguridad jur\u00eddica que debe aclararse."]},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.ie.edu\/insights\/es\/wp-json\/wp\/v2\/articles\/635006","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.ie.edu\/insights\/es\/wp-json\/wp\/v2\/articles"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.ie.edu\/insights\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/articles"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ie.edu\/insights\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/636355"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.ie.edu\/insights\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=635006"}],"wp:term":[{"taxonomy":"schools","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ie.edu\/insights\/es\/wp-json\/wp\/v2\/schools?post=635006"},{"taxonomy":"areas","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ie.edu\/insights\/es\/wp-json\/wp\/v2\/areas?post=635006"},{"taxonomy":"subjects","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.ie.edu\/insights\/es\/wp-json\/wp\/v2\/subjects?post=635006"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}