IE Code of Ethical Conduct

Código Ético IE

Código Ético IE

1. PREÁMBULO

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Todos los miembros de la Comunidad del IE, sean alumnos, profesores o personal directivo o administrativo, tienen la obligación de respetar la integridad académica y la responsabilidad profesionalidad que forman los valores éticos fundamentales del IE. A través de este Código, la comunidad del IE defiende la honestidad académica y el respeto hacia otros miembros de la comunidad, y exige a sus alumnos un comportamiento acorde con los más altos valores de profesionalidad.

Este Código recoge normas de conducta ética académica y normas de conducta ética hacia la comunidad, así como las sanciones que pueden ser impuestas y los procedimientos a seguir en caso de incumplimiento del presente Código.

Todos los alumnos deberán firmar un documento de adhesión a los términos establecidos en el Código. El Código es aplicable a todos los alumnos del IE, incluidos los alumnos visitantes o de intercambio de otras instituciones académicas, aunque no hayan firmado el documento de adhesión.

2. NORMAS ACADÉMICAS

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Las siguientes normas académicas se aplican a todos los trabajos académicos, individuales o en grupo, que hayan sido realizados o entregados para un programa del IE, entre los que se encuentran, entre otros, trabajos escritos, proyectos, casos prácticos, presentaciones, quizzes y exámenes (realizados presencialmente u online), así como las contribuciones a los foros de discusión en los programas que tengan componentes de aprendizaje online.

 

Plagio

El plagio, definido como la práctica no ética y deshonesta de presentar como propias las ideas de otros, está expresamente prohibido para todos los alumnos del IE. Algunos ejemplos de plagio, con carácter enunciativo pero no limitativo, son los siguientes:

  • Reproducir las palabras exactas de otra persona sin utilizar el signo de puntuación de comillas y sin citar la fuente.
  • Reproducir la idea de otra persona, incluso si está expresada con diferentes palabras, sin citar la fuente.
  • Recibir ayuda en un trabajo académico (con el permiso del profesor) sin que dicha ayuda sea citada.

La definición de plagio no presupone intencionalidad. Si un alumno tuviera dudas sobre si ha citado o ha hecho referencia a los pensamientos, palabras, o colaboración de otras personas de manera apropiada, deberá solicitar el consejo de un profesor o del director del programa.

Se debe tener en cuenta que cuando se entrega un trabajo de grupo, todos y cada uno de los miembros del mismo son responsables de la integridad académica del trabajo. Si las secciones de un informe de grupo se han plagiado, por ejemplo, no es aceptable argumentar que fueron preparadas por otra persona. Si su nombre figura en el informe, usted es responsable de su integridad académica.

 

Conductas académicas deshonestas

Este Código prohíbe expresamente cualquier forma de conducta académica deshonesta, incluido el copiar. A los efectos de este Código, una conducta académica deshonesta es aquella que pretende obtener un resultado académico injusto ventajoso para algún alumno en relación con sus compañeros. Algunos ejemplos de conducta académica deshonesta, con carácter enunciativo pero no limitativo, son los siguientes:

  • Copiar en un examen. Esta conducta incluye: copiar del trabajo de otra persona, tener o usar material no autorizado, mantener comunicaciones no autorizadas con otra persona, y dar o recibir ayuda durante el examen;
  • Obtener, sin autorización, las preguntas o respuestas de un examen y dar o recibir información sobre ellas;
  • No hacer las correspondientes citas en la participación en foros en asignaturas online.
  • Obtener o distribuir, sin autorización, las soluciones de casos, soluciones a problemas planteados en clase, notas técnicas sobre casos y otros materiales (en soporte físico o electrónico) que perjudiquen el aprendizaje de los alumnos dando ventajas injustas a unos sobre otros e impidiéndoles aprender por sí mismos;
  • Emplear recursos o información que no haya sido autorizada por el profesor;
  • Entregar un trabajo académico realizado por otra persona o empresa o basado en el trabajo de otra persona (incluidos alumnos de otra sección y antiguos alumnos);
  • Entregar el mismo trabajo académico en más de una clase, sin autorización de los profesores de ambas clases (Si un alumno simplemente desease entregar el mismo trabajo dos veces, deberá en primer lugar obtener la aprobación de ambos profesores. Si un alumno desease hacer referencia a una pequeña parte de una asignación anterior, podría hacerlo. Sin embargo, se deberán observar las reglas apropiadas de cita para evitar el plagio) incluso en el caso del trabajo propio;
  • Interferir intencionadamente en el trabajo de otra persona, incluido el impedir el acceso de otra persona a libros, documentos u otra información de uso público;
  • Falsificación de datos académicos, incluidos aquellos que determinen la asistencia a las sesiones presenciales.

 

Falsificación

Está prohibida la falsificación o hacer uso inadecuado de cualquier certificado de título o documento que acredite logros académicos.

3. NORMAS DE LA COMUNIDAD

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Los alumnos del IE están obligados a respetar las “normas de la comunidad” en cualquier contexto. Sin embargo aquello que hagan fuera del campus, por ejemplo actividades realizadas fuera de las instalaciones del IE o del entorno educacional virtual, sólo entrarán en consideración por parte del Código si afectan al bienestar de la comunidad IE. Cualquier caso interno del IE se pospondrá si hubiese alguna actividad judicial pendiente y hasta que haya una sentencia en firme por parte de un juez.

 

Respeto y Tolerancia

Como miembros de una comunidad académica de una gran diversidad, los alumnos deberán mantener un entorno de respeto y tolerancia hacia todas las personas y respeto para la misión académica del IE. Ejemplos de incumplimiento de esta norma serían:

  • Violencia, amenazas de violencia o abusos verbales como o en contra de un miembro de la comunidad IE.
  • Actitud provocadora, interrupción disonante que perturbe la clase, ya sea esta en formato presencial, videoconferencia o foro, en un examen o en cualquier entorno de aprendizaje del IE, alterando negativamente la experiencia de aprendizaje de los otros alumnos de su curso.

 

Acoso

El acoso a otro estudiante, a un profesor, al personal administrativo o directivo del IE, o a otros miembros de la comunidad IE es una conducta expresamente prohibida por este Código. El acoso tiene el objetivo o el efecto de interferir injustificadamente en el entorno académico, profesional, social o vital de otra persona que pertenezca a la comunidad del IE. El acoso comprende, entre otras, las siguientes conductas:

  • Degradación, intimidación o abuso persistente e intencionado de otra persona;
  • Conducta ofensiva, degradante, intimidatoria u hostil basada en la raza, color, etnia, nacionalidad, religión, sexo, orientación sexual, edad o discapacidad;
  • Abuso verbal, amenazas de violencia, llamadas o envíos de mensajes de correo electrónico persistentes no deseados por el receptor, o uso de lenguaje sexualmente degradante.

 

Respeto a la Propiedad Privada

Los alumnos deberán respetar la propiedad privada, así como los edificios, mobiliario, material didáctico, logos y demás propiedad intelectual del IE.

 

Falsedad de Información

Este Código prohíbe expresamente dar información falsa a terceros en detrimento de la reputación del IE y de su comunidad.

4. VALORES FUNDAMENTALES DEL IE Y OTRAS CONDUCTAS

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Las conductas que no hayan sido expresamente recogidas en este Código y que sean consideradas conductas incompatibles con los valores fundamentales del IE recogidos en el preámbulo de este Código por el Comité Ético, serán consideradas infracciones, en particular las relativas a la honestidad académica, respeto a otros miembros de la comunidad y a los más altos valores de profesionalidad.

5. RESPONSABILIDAD DEL CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO ÉTICO

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Como miembros de la comunidad IE, los alumnos comparten la responsabilidad de hacer cumplir este Código. Los alumnos tienen la obligación de colaborar con otros miembros de la comunidad para fomentar la existencia de un entorno coherente con los valores académicos y de comunidad recogidos en este Código. Esta responsabilidad comprende:

  • Preguntar al Director Académico, al Comité Ético, a un profesor o a otro estudiante en caso de duda de interpretación del Código Ético;
  • Ayudar a otros alumnos a comprender y a cumplir las normas recogidas en este Código;
  • Informar al Director Académico, al Comité Ético o a un profesor de aquellas situaciones que puedan constituir una infracción de las normas recogidas en este Código;
  • Proponer mejoras de las normas y procedimientos del IE en relación con las normas académicas y de la comunidad, incluyendo posibles enmiendas a este Código;
  • Formar parte del Comité Ético, si así fuera necesario.

6. DERECHOS DEL ALUMNO QUE HAYA SIDO ACUSADO

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Un alumno que haya sido acusado deberá tener presente sus derechos en este proceso. Estos derechos son:

  • El derecho a conocer por escrito de los cargos en su contra;
  • El derecho a responder a cualquier alegación por escrito;
  • El derecho a solicitar ser escuchado en persona;
  • El derecho a que se le presenten todas las pruebas relevantes, tanto de culpabilidad como exculpatorias;
  • El derecho a sugerir los testigos que el comité debería escuchar u otras pruebas relevantes en el caso;
  • El derecho a defenderse ante el Comité Ético;
  • El derecho a apelar ante el Decano de Ordenación Académica respecto a las conclusiones y recomendaciones del Comité.

7. INICIO DEL PROCESO

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Cuando un alumno, profesor o staff del IE es testigo de una infracción potencial del Código Ético, tiene la obligación de informar de la misma al director académico, el cual analizará la cuestión, hará una evaluación inicial de la presunta infracción y determinará si la alegación entra dentro del alcance del Código Ético.

Dependiendo de esta evaluación inicial, el director académico podrá:

  • Determinar que el caso no entra dentro del alcance de este Código.
  • Remitir la cuestión al Comité de Ética, si a) el caso implica problemas graves o institucionales para el buen nombre del IE o b) el alumno prefiere defender su caso ante un Comité de Ética.
  • Juzgar el caso basándose en sus competencias para evaluarlo si, de acuerdo a un precedente, la sanción máxima en casos similares haya sido un “Fail” en la asignatura y el estudiante no quiera defender su caso ante un Comité Ético.

8. PROCEDIMIENTO ANTE EL DIRECTOR ACADÉMICO

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Si el Director Académico considera que puede tratar el caso, informará al alumno sobre las acusaciones hechas contra él o ella, y le dará la oportunidad de referir el caso al Comité de Ética.

Si el alumno acepta que sea el Director Académico quien juzgue el caso, deberá responder por escrito a las acusaciones en un tiempo razonable que determinará el Director Académico y deberá presentar pruebas. Según su criterio, el Director Académico podrá decidir recabar más pruebas, incluyendo escuchar a testigos implicados en el caso. Estará permitida la comunicación via e-mail.

Si el Director Académico entiende que ha habido infracción de las Normas del presente Código, impondrá una sanción de acuerdo a precedentes, quedando limitada a una máxima sanción de una calificación “Fail” en la asignatura.

El Director Académico deberá comunicar la decisión al alumno, al Decano de Ordenación Académica y al Presidente del Comité de Ética. Las sentencias quedarán archivadas por la Registrar´s Office junto con los documentos que la acompañen.

9. COMITÉ ÉTICO

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El Comité Ético estará compuesto por una representación seleccionada de profesores y alumnos. Se constituirá cuando la dirección académica del respectivo programa decida presentar un caso para su consideración.

El Comité Ético estará presidido por un Presidente elegido por el Decano de Claustro de entre el conjunto de profesores durante un período de cuatro años. El cargo se renovará por otro período o períodos similares si el Decano de Claustro así lo decide.

Para formar el Comité para un caso concreto, el Presidente del Comité, en coordinación con el Director Académico, convocará a un número adecuado de profesores y de representantes de los alumnos de la/s correspondiente/s sección/es o programa/s.

El Presidente debe asegurar una composición equilibrada de miembros del Comité. Cuando sea posible, los alumnos y profesores se escogerán de entre los que participan en el programa como profesores o alumnos. Sin embargo, cuando la representación de los alumnos sea inviable por estar desplazados en diversos países del mundo, o cuando suponga un conflicto personal para el alumno que participe en el Comité -debido a que el número de alumnos de un programa sea relativamente bajo- se podrá o bien convocar a un antiguo alumno del mismo programa o bien un representante de los alumnos de otro programa.

Se considera que existe quórum para formar el Comité cuando asisten al menos dos profesores y dos representantes de los alumnos.

10. PROCEDIMIENTO ANTE EL COMITÉ ÉTICO

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Cuando al Comité Ético se le informa de una posible infracción del Código, el Presidente del Comité deberá convocar la reunión y dirigir el proceso según se indica más abajo.

El Presidente del Comité informará por escrito al alumno de los cargos existentes contra él y le proporcionará la oportunidad de responder por escrito, en un plazo de tiempo razonable -determinado por el Presidente- para que pueda argumentar en su descargo si lo considera conveniente. La comunicación de ambos documentos podrá realizarse por correo electrónico. Junto con su documento escrito, el alumno podrá solicitar la presentación verbal de su caso ante el Comité. La respuesta por escrito del alumno deberá ponerse a disposición de todos los miembros del Comité Ético antes de la deliberación del mismo. El Comité en su libre albedrío, podrá recabar información adicional si así lo considera pertinente, incluyendo la declaración de cualquier testigo cuya aportación pueda ser relevante.

Las deliberaciones del Comité son estrictamente confidenciales y las resoluciones se adoptarán por la mayoría simple de todos los miembros presentes.

Después de deliberar, el Comité decidirá si ha habido infracción de las normas expuestas en el Código y, si procede, recomendará una sanción acorde con la falta y teniendo en cuenta las precedentes, de aquellas que se especifican en la Sección 12. El Presidente del Comité deberá redactar el acta de las reuniones y las circulará entre los miembros del Comité asistentes para su comentario si procede.

El Acta así aprobada, se notificarán al Director Académico las opiniones y recomendaciones del Comité, quien podrá aceptar o modificar las recomendaciones antes de imponer una sanción y comunicarlo al Decano de Ordenación Académica.

El Director Académico notificará al alumno las decisiones y recomendaciones del Comité, incluyendo las menciones que se incluyan en el Acta de las circunstancias agravantes o atenuantes tenidas en cuenta por el Comité en su deliberación y si se ha modificado la decisión final del Comité.

Las decisiones deberán ser también comunicadas a la Registrar´s Office junto con el Acta del Comité y todos los documentos de apoyo.

Las recomendaciones del Comité podrían ser comunicadas a la comunidad IE por el Decano de la Escuela involucrada, según se considere apropiado.

11. APELACIÓN

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El alumno que ha sido encontrado responsable por el Comité de una infracción puede apelar las decisiones y recomendaciones del Comité ante el Decano de Ordenación Académica, cuya decisión en estas cuestiones es determinante.

Las apelaciones deberán basarse únicamente en los siguientes aspectos:

  • Si el proceso no se ha ajustado a las normas y principios establecidos en el Código ético;
  • Si existe una nueva evidencia que no ha sido considerada por el Comité;
  • Si la sanción recomendada por el Comité es claramente desproporcionada en relación a la infracción cometida, teniendo en cuenta las circunstancias atenuantes o agravantes consideradas por el Comité.

El procedimiento se inicia enviando al Decano de Ordenación Académica un documento donde se indiquen los argumentos en base a los que se solicita iniciar el proceso de apelación. La función de este procedimiento, no es la de proceder a una repetición de la tarea que han realizado los miembros del Comité, ni tampoco es un escrutinio de su capacidad de enjuiciar los hechos que han dado pie al proceso o de decidir sobre el caso, sino la de evaluar si se dan las circunstancias más arriba mencionadas con suficiente relevancia como para justificar la revisión de las decisiones y recomendaciones del Comité.

Las apelaciones deben presentarse en un plazo de siete días naturales contados desde el día que se le informa al alumno de la decisión del Comité. La apelación debe ser resuelta por el Decano de Ordenación Académica en un plazo de siete días naturales desde la recepción de la apelación.

La decisión final y cualquier otro documento de apoyo deberán ser archivados en la Registrar´s Office.

12. SANCIONES

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Las sanciones se impondrán en función de la gravedad e intencionalidad de la infracción, teniendo en cuenta las circunstancias agravantes o atenuantes de cada situación. La reincidencia en infracciones del Código (ya sea de la misma o de diferente naturaleza) se considera circunstancia agravante.

 

Sanciones por infracción de normas académicas
  • Amonestación;
  • Escrito de disculpas del alumno a las otras personas afectadas por su conducta;
  • Repetir el trabajo;
  • Recibir una calificación de “Fail” en el trabajo;
  • Recibir una calificación de “Fail” en la asignatura correspondiente;
  • Expulsión del Programa;
  • Expulsión de la Comunidad IE;
  • Cualquier otra sanción considerada apropiada por el Comité Ético o por el Decano de la Escuela involucrada.

 

Sanciones por infracción de normas de la comunidad
  • Amonestación;
  • Disculpa escrita del alumno a las personas afectadas por su conducta;
  • Compensación económica por daños o pérdidas de la propiedad;
  • Expulsión del IE;
  • Cualquier otra sanción considerada apropiada por el comité ético o por el Decano de la escuela involucrada.