Los retos jurídicos y fiscales de los trusts en España

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Juan Carlos Olarra, profesor de IE Law School y socio director de LEXINTER ABOGADOS, analiza esta figura jurídica en un reciente artículo académico.

Juan Carlos Olarra, profesor de Contabilidad Financiera en IE Law School y socio director de LEXINTER ABOGADOS, ha publicado recientemente un artículo en la prestigiosa revista Trusts & Trustees de Oxford University Press titulado Trusts and Spanish law in 2026: institutional indifference as a method of legal non-engagement y en donde analiza la compleja relación de España con los trusts, una figura jurídica de origen anglosajón. En esta entrevista, reflexiona sobre los retos que plantea esta institución, su relevancia en el contexto internacional y cómo integra estos temas en su docencia en IE Law School. 

Juan Carlos Olarra

En tu artículo señalas que España mantiene una relación compleja con los trusts. Para quienes no estén familiarizados con esta figura, ¿podrías explicar qué es exactamente un trust y por qué plantea tantas dificultades desde el punto de vista jurídico y fiscal? 

Es un asunto complejo de explicar de forma breve. El trust es una institución jurídica, propia del derecho patrimonial que tiene sus raíces en el entorno jurídico anglosajón. Consiste básicamente en separar parte del patrimonio de una persona para integrar dicha parte en la esfera patrimonial formal de otra persona que además lo administra en beneficio de uno o más terceros. Se utiliza con mucha frecuencia, aunque no exclusivamente con fines de planificación patrimonial sucesoria. 

¿Qué circunstancias académicas y profesionales despertaron tu interés por investigar este tema?  

Desde mi práctica profesional, que desde el principio ha tenido por objeto el área de las estructuras societarias y patrimoniales de carácter internacional, me topé muy pronto con secciones que integraban un trust y que debían producir algún efecto en España. Entonces identifique la dificultad de tratar con una especie de ‘alien’ que no solo es desconocido, sino que en las escasas ocasiones que se le toman consideración es para atribuirle tintes fraudulentos. El interés profesional conllevó la necesidad del estudio profundo. 

Con la creciente digitalización de activos y la movilidad de patrimonios, ¿crees que el problema que describes en tu artículo se va a agudizar? 

Sin duda, ya está ocurriendo. Las sucesiones transfronterizas, las planificaciones patrimoniales que afectan a diversos países son hoy moneda común, resultando imprescindible buscar soluciones que no constan en la mera ignorancia, en todos los sentidos, de esta institución. Esta es básicamente la tesis del artículo. 

Como profesor de Contabilidad Financiera en IE Law School, ¿cómo integras estos temas de fiscalidad internacional y estructuras patrimoniales en tus clases? 

La contabilidad es un lenguaje que nos permite interpretar la información económica y, por ende, comprender la estructura jurídica de las diversas construcciones corporativas y patrimoniales a las que nos enfrentamos en nuestro trabajo. El trust, debido a su riqueza de matices, es un objeto idóneo para desarrollar este ejercicio, y considero que, para la práctica profesional de un abogado, resulta más valioso aprender a pensar en derecho.