La Cátedra Pérez-Llorca & IE analiza los MASC y su impacto inmediato en la práctica jurídica y empresarial

La reciente aprobación de la Ley Orgánica 1/2025 supone un cambio estructural en el acceso a la justicia civil y mercantil en España.

Pérez-Llorca e IE Law School celebraron el pasado 20 de marzo una nueva jornada de su Cátedra de Derecho Mercantil, centrada en el impacto de la LO 1/2025 y su medida procesal más relevante: la exigencia de recurrir previamente a los denominados Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) –conocidos en el ámbito anglosajón como Alternative Dispute Resolution (ADR)– como condición de procedibilidad para interponer una demanda. 

El encuentro, que congregó a destacados expertos del ámbito jurídico, fue moderado por Javier García Marrero, socio de Arbitraje y Litigación de Pérez-Llorca y magistrado en excedencia. Participaron en el debate Alejandro Asensio Muñoz, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 16 de Madrid; Ana María Rodríguez Conde, socia de Litigación y Derecho de la Unión Europea de Pérez-Llorca; y Silvia de Paz Pérez, socia de Litigación y Arbitraje de Pérez-Llorca. 

La Ley Orgánica 1/2025 es la tercera de las denominadas “Leyes de Eficiencia” impulsadas por el Ejecutivo para modernizar el sistema judicial y reorganizar el funcionamiento de los tribunales. En palabras de García Marrero, “es probablemente la reforma en el ámbito civil más importante del siglo XXI”. 

A partir del 3 de abril, los MASC se configuran como requisito previo de procedibilidad para iniciar un procedimiento judicial civil o mercantil. El incumplimiento de este requisito supondrá la inadmisión de la demanda. 

Durante el evento se abordaron cuestiones clave como los tipos de MASC previstos por la ley y la posibilidad de incorporar otros medios alternativos; las implicaciones prácticas para empresas y abogados, especialmente en la redacción de cláusulas contractuales; el impacto en los plazos de prescripción y caducidad; y la posibilidad de subsanar errores procedimentales. 

En este contexto, Asensio Muñoz manifestó algunas dudas sobre su efectividad: “Veo con ciertas reticencias que esto vaya a funcionar y que sea el mecanismo para que los juzgados funcionen mejor”, afirmó. Y añadió: “La clave de los MASC van a ser las costas”. 

Por su parte, Rodríguez Conde advirtió sobre el enfoque de la ley en relación con el acceso a la justicia: “En los MASC no se da un tratamiento igual en el derecho de acceso a la justicia, lo cual es preocupante”. También destacó aspectos como la retribución de terceros neutrales: “La ley sí que te dice que a tu abogado le retribuyes tú, pero no dice nada de qué pasa si vas a un tercero. Solo dice que, si vas a la opinión de un experto neutral experto en la materia, en ese caso, lo pactarán las partes”.  

De Paz Pérez, subrayó el carácter flexible del nuevo marco normativo: “Mi opinión de una lectura comprensiva de la ley es que es un listado abierto. Tú lo que tienes que acreditar es que has intentado negociar. De hecho, la propia ley te permite negociación entre las partes a través de procurador”. 

Entre los puntos más debatidos, se puso el foco en la necesidad de garantizar la confidencialidad de las negociaciones, o la posibilidad de inconstitucionalidad del requisito de procedibilidad. Sobre este último aspecto, Rodríguez Conde señaló: “El Consejo General del Poder judicial hizo un primer análisis de la norma en el informe del anteproyecto sobre la potencial inconstitucionalidad, y también hizo un estudio de derecho comparado, y ya dejó claro, y yo estoy de acuerdo, en que no había causa de inconstitucionalidad. Sí que dijo también que, aunque no veía un tema de constitucionalidad, lo que sí veía era un tema de idoneidad. O sea, decía que la ley era muy amplia”. A lo que Asensio Muñoz añadió: “Yo creo que lo crítico es la naturaleza de los MASC, es decir, la obligatoriedad”. 

SOBRE LA Cátedra Pérez-Llorca & IE de Derecho Mercantil 

La Cátedra Pérez-Llorca & IE es una iniciativa conjunta de IE Law School y Pérez-Llorca cuyos objetivos son fomentar la investigación aplicada al más alto nivel en el área del Derecho Mercantil; así como divulgar esta investigación a despachos de abogados, empresas y escuelas de Derecho, a través de acciones conjuntas entre ambas entidades. La investigación de la Cátedra se materializa en publicación de libros, working papers y notas informativas y artículos.