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La regulación de la economía de plataformas: por qué el trabajo digital requiere derechos digitales
En su ponencia en IE Law School, la profesora Catherine Barnard explicó por qué es necesario replantearse la legislación laboral actual para adaptarla a la nueva realidad digital.
El 23 de octubre, el Centro IE de Estudios Europeos organizó el taller "European Regulation of Digital Work", en colaboración con el Centro de Excelencia Jean Monnet de Derecho y Automatización (Lawtomation) de IE Law School.
El evento, celebrado en la IE Tower, estuvo patrocinado por el programa Hablamos de Europa de la Secretaría de Estado para la Unión Europea de España y el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
En este simposio se reunieron expertos en derecho de toda Europa para debatir, en dos paneles informativos, sobre un tema clave como es la regulación del trabajo digital en la UE. El primero de los paneles, centrado en la transformación digital, estuvo conducido por el profesor de IE Law School Antonio Aloisi, codirector del Centro Lawtomation. Por su parte, el segundo de ellos, sobre plataformas e IA, estuvo moderado por Marie-José Garot, profesora de IE Law School y directora del Centro IE de Estudios Europeos.
El derecho laboral en la economía de los trabajos esporádicos
La ponencia principal del panel inaugural estuvo a cargo de Catherine Barnard, profesora de Derecho de la UE en la Universidad de Cambridge, directora del Centre for European Legal Studies en esta misma institución y reconocida experta en derecho laboral y de la competencia.
En su presentación, titulada "Future of Work: New Forms of Regulation Addressing New Forms of Work", Barnard analizó cómo la digitalización y la gestión algorítmica están transformando el panorama jurídico. La profesora explicó que el nuevo modelo laboral basado en plataformas obliga a replantearse la división tradicional entre empleados asalariados y autónomos: "Es importante pertenecer a la categoría correcta para poder acceder a ciertos derechos".
Barnard también habló de la Directiva sobre trabajo en plataformas (PWD) de la UE, y evaluó el impacto de esta nueva normativa en las personas a quienes se refirió como "falsos autónomos", es decir, aquellas que dependen de plataformas de trabajos esporádicos gestionadas por algoritmos. Explicó que, gracias a la PWD, "estos autónomos tienen por primera vez derechos de transparencia, rendición de cuentas y revisión", algo que cambiará drásticamente el modo en que se concibe la protección de los trabajadores en la era digital.
Para Barnard, el Capítulo 3 de la PWD es uno de los más llamativos, pues recoge “la legislación designada para controlar cómo las empresas gestionan a sus trabajadores por medio de algoritmos”. Aunque esta normativa se limita específicamente a los empleados que trabajan en plataformas y no cubre, por ejemplo, a quienes trabajan en un almacén de Amazon y están monitorizados con tecnología wearable, considera que es un paso en la dirección correcta.
A continuación, Barnard exploró algunas formas emergentes de trabajo digital, utilizando el ejemplo de una influencer y argumentando que, "cuando una plataforma elimina a una influencer, es como si la despidiera". Por lo tanto, según Barnard, "esta podría acogerse a algunos de los derechos recogidos en el Reglamento de Servicios Digitales (DSA)". En algunos casos, dicho reglamento es una fuente de protección con mayor alcance que la PWD. "Hoy en día trabajamos de forma distinta. Tenemos que determinar cómo deberían protegerse estos nuevos empleos y creo que, con el DSA, tenemos margen para hacerlo", concluyó Barnard.
Activos digitales, IA y el futuro del trabajo
Después, David Martínez Saldaña, profesor asociado de IE Law School y asociado de Uría Menéndez, presentó una ponencia titulada "The Transfer of Digital Undertakings”, en la que invitó a los asistentes a replantearse qué es un activo empresarial en la era digital. "Una app utilizada por un grupo de trabajadores autónomos puede estar actuando como jefe del equipo —explicó—. Por lo tanto, si transferimos una app, a efectos prácticos estamos transfiriendo una empresa".
El impacto de la inteligencia artificial en la destrucción de empleo fue el tema de la charla de Magdalena Nogueira Guastavino, catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la Universidad Autónoma de Madrid, que se centró en la disrupción que está generando la IA en el mercado laboral y las implicaciones legales de su uso. La ponente se planteó en qué casos está justificada la implementación de la IA para sustituir a los trabajadores humanos, y cómo debe adaptarse la legislación para proteger a los empleados ante posibles abusos.
En el segundo panel participaron Adrián Todolí, Catedrático de Derecho del Trabajo en Universidad de Valencia; Daniel Pérez del Prado, profesor titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la Universidad Carlos III de Madrid; y Anna Ginès i Fabrellas, profesora titular de Derecho del Trabajo y directora del Instituto de Estudios Laborales de la Universitat Ramon Llull y Esade, que debatieron sobre las implicaciones éticas y normativas de la inteligencia artificial y el trabajo en plataformas.
Ginès i Fabrellas ofreció un análisis detallado de la discriminación de los algoritmos y sus efectos el derecho laboral. Ilustró su exposición con una serie de casos en los que se habían utilizado datos sesgados para entrenar modelos de lenguaje de gran tamaño, lo que agravó los problemas sociales a los que se enfrentan grupos ya de por sí marginados. En su opinión, los marcos legales deben hacer un esfuerzo mayor para mitigar los daños causados por los sesgos del perfilado algorítmico.
El consenso general entre los participantes del taller es que la transformación digital y, especialmente, la inteligencia artificial exigen una actualización urgente de la legislación laboral. No obstante, para la profesora Barnard, hay esperanza: "Creo que el derecho laboral está empezando a ampliar su alcance para alejarse de un enfoque centrado en la subordinación y la dependencia".